Desde 1980, suman 1.283 los chicos que las voluntarias del Equipo de Asistencia y Adopción de Tucumán ubicaron en hogares de tránsito. En esas familias, antes de ser adoptados, recibieron el cariño y la contención necesarios para esos fundamentales primeros meses o años de vida. Hoy, a partir de la revocación de un convenio celebrado entre esa organización no gubernamental y el Poder Judicial, los niños ya no son derivados desde la Justicia al Equipo de Adopción: van directamente a la Sala Cuna, o a otras instituciones, donde permanecerán hasta que se solucionen sus casos (muchos están judicializados por ser hijos de mamás con problemas de adicciones, violencia familiar o enfermedad) o hasta que se consiga una familia que los adopte.
Antes de que esto suceda, en noviembre de 2015, el Equipo de Asistencia y Adopción solicitó una reunión con miembros de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán para tratar inconvenientes que venían padeciendo (demoras en la entrega definitiva de los niños a familias adoptantes, entre otros); y para que se respetara el convenio de colaboración celebrado entre ambas instituciones, ya que cada vez llegaban menos niños y no entendían el porqué. Según Marta Nougués, presidenta de la organización, en ese entonces no recibieron respuesta de la Corte. En febrero enviaron otra misiva donde expusieron la larga historia del Equipo y la necesidad de reactivar el trabajo que vienen haciendo durante más de 30 años, fijando nuevas pautas y mecanismos entre ambas instituciones.
Lo planteado
En la misiva dirigida a Antonio Gandur, presidente de la Corte Tucumán, y firmada por Nougués, puede leerse:
“A lo largo de 34 años el proceso judicial fue demorando, de alguna manera, la entrega definitiva de esos niños a padres adoptivos, y el plazo de residencia de estos niños en los hogares de tránsito se fue expandiendo ampliamente; alcanzó los dos años y medio. Entre las consecuencias de dichas demoras, terminó con un desenlace temido: que una familia de tránsito se negara a la restitución, lo que fue escuchado por la justicia en 2015. Los niños hoy solamente puede tener la oportunidad de poder ser receptados en hogares comunes del Estado, que claramente y sin desprestigiar el excelente trabajo que estos pueden realizar, jamás podrán albergar a un niño como lo hace el amor de una familia”.
“En este último tiempo, algunos jueces nuevos del poder judicial pudieron valorar y detectar la importancia del trabajo de nuestra institución, de manera aislada, nos solicitaron hogares de tránsito que hoy por todos los motivos antes expuestos y el poco control que podemos llevar sobre las familias, por la falta de colaboración del Poder Judicial, al no respetar lo pactado, no tenemos registros de hogares hasta tanto esta situación se normalice”.
Lo contestado
La respuesta a la última carta fue la invitación a una reunión con Gandur. Allí, según Nougués, el magistrado explicó que de acuerdo al nuevo Código Civil las familias de tránsito no se podían quedar con los niños, aunque Nougués resalta que en eso no había ninguna novedad (“siempre fue así”). Luego, llegó la carta que revocaba ese convenio de colaboración entre ambas partes.
La acordada lleva los nombres de los integrantes de la mencionada Corte, con la rúbrica de María Gabriela Blanco, como secretaria de Superintendencia de la Corte provincial.
En la acordada 819 con fecha del 29 de junio de 2016 se especifica que “con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, se ha desfigurado la función de los hogares de tránsito” y que “los exiguos plazos de dicho Código en relación a los tiempos en que debe decidir el Poder Judicial (arts. 607, 609, 614 y cc del Código Civil y Comercial) tornan incompatible la institucionalización en los hogares de tránsito; a ello se agrega, que los señores jueces se encuentran obligados a seleccionar a los postulantes de la nómina del Registro de Adoptantes (art. 613 del C. Civil)” . Allí, además se revoca el convenio con fecha del 09/10/12 con el que venían trabajando ambas partes.
Plazos más cortos
“Con el nuevo Código Civil se pone prioridad al Registro Único de Postulantes a la Adopción; se lo eleva de categoría. Y los tiempos se abreviaron: antes no había plazo para que un niño sea adoptado, mientras que ahora no debe superar los 60 días. La situación cambió, de todas formas no prohibimos. Dejamos de suscribir un convenio. Lo cual no impide que en algunos casos especiales sea entregado un niño a un hogar de tránsito. Si un juez lo entiende positivo a tal desplazamiento, que lo haga”, explicó Gandur, titular del máximo tribunal, a LA GACETA, al ser consultado sobre la decisión de revocar el convenio en cuestión.
A Marta Capuano, ex vicepresidenta de la ONG y actual secretaria, esa respuesta no la convence.
“Sólo quiero que se dé a conocer lo que nos pasó, que fue de golpe. No queremos generar polémica, pero es bueno aclarar que nosotras trabajamos con convenios porque se trata de menores. De otra forma no se puede recibir un chico que está judicializado, o si no hay una madre que avale nuestro accionar. Además, ¿qué más queremos que se acorten los plazos de adopción, así estén menos tiempo en hogares de tránsito y sea menos difícil para esas personas desprenderse de los niños?”, opinó Capuano.
Agregó: “si consultás a un psiquiatra o a un neonatólogo, te dirán que son prioridad esos primeros meses de vida y que no es lo mismo un niño que sale de una institución a uno que sale de un hogar de tránsito, donde fue estimulado y atendido de manera más personal. De todas formas, resalto que en la Sala Cuna los tratan de muy buena manera”.
Lo experimentado
Hugo Felipe Rojas, vocal que ejerce la presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil en Familia y Sucesiones y que a su vez es el director del Registro Único de Postulantes a la Adopción, considera que los hogares de tránsito cumplen una función muy importante en el sistema de adopción. No hay ningún “pero” en su opinión, con la salvedad de que los integrantes de un hogar de tránsito no pueden solicitar luego la adopción de ese niño.
“Visité hogares de tránsito y la función que cumplen es extraordinaria. Es mucho más beneficioso que un niño esté contenido por una familia a que esté institucionalizado. El tema (de la acordada que revoca el convenio) está en agenda. Lo planteé y conversé con integrantes de la Corte que entienden que la acordada no es una prohibición para trabajar con el equipo de adopción y los hogares de tránsito. Es intención de los integrantes de la Cámara de Familia retomar el tema. Así lo hemos planteado. Hemos solicitado una reunión con los integrantes de la Corte, para analizar en profundidad el tema, porque la función que desempeñan nos parece de suma importancia”, advirtió el magistrado.
Tanto Nougués como Capuano advirtieron que el Equipo de Asistencia y Adopción no se quedará con las manos cruzadas. Aclararon que se están reorganizando, que están hablando con otras ONG para atender otro tipo de casos que necesiten hogares de tránsito y que buscan nuevas generaciones que atiendan de manera desinteresada ese trabajo que necesita mucho corazón, paciencia y voluntad.